Regularización migratoria por un negocio o emprendimiento

En la legislación migratoria de Costa Rica, las personas extranjeras que tienen un negocio establecido y registrado, según corresponda, en el país pueden obtener algún tipo de regularización migratoria en Costa Rica.

En esta relación existe básicamente 3 opciones que se rigen por los artículos 79 inciso 3 y el artículo 94 de la ley 8764.

En otras palabras, si usted tiene un negocio o emprendimiento, sin diferencia laguna entre negocios físicos o virtuales, puedes obtener residencia o permiso laboral en el país con todos sus beneficios como nacionalidad costarricense, ser eximido de visa (en caso que es requerido), posibilidad de residencia permanente libre de condición, entre otros.

Para obtener estas opciones no es requerido ninguna capital de inversión, pero sin duda el negocio o emprendimiento debe ser ¨establecido¨ en el país. La palabra ¨establecido¨ significa que debe ser solvente económicamente, debe poder pagar todos impuestas y tarifas administrativas para su funcionamiento, debe poder tener ingreso estable durante un tiempo razonable, por lo menos 6 meses, sin que sea necesario algún monto mínimo o máximo.

Cada de las condiciones anteriormente mencionadas, junto con todos requisitos de forma, son fundamental para que el expediente migratorio se considera completa y proceda a etapa de evaluación por el Subproceso de Valoración Técnica de la Dirección General de Migración y Extranjería.

En las siguientes líneas intentare, en más breve posible, explicar estas opciones:

  • Residencia Temporal como Empresario:

Para ello, la persona solicitante debe ser socio/a de una sociedad registrada ante el Registro Nacional de Costa Rica. La sociedad para efectos migratorias únicamente puede ser Sociedad Anónima (SA) o Sociedad Responsabilidad Limitada (SRL). La sociedad debe ser solvente económicamente, debe estar al día con todos pagos tributarios y municipales, debe tener patente municipal aun que su actividad sea una actividad virtual. La sociedad debe tener seguro INS, seguro social, entre otros.

Esta residencia se considera uno de las más beneficios y mejores residencias. En caso de aprobación se otorga por 2 años, renovable cada 2 años. Después de 3 años tener el DIMEX de esta residencia se puede obtener la residencia permanente libre de condición. Con esta opción la persona solicitante puede cubrir a esposa e hijos menores de edad y mayores de edad hasta 25 años. También, después de aprobación a sus padres biológicos.

La residencia temporal como empresario, de otro lado, es una de las más delicadas residencias. Hay que tener mucha paciencia, mucha atención a los detalles y también manejar el expediente en manera muy organizada y ordenada.

  • Residencia temporal trabajador independiente especializado:

Para esta residencia hay que estar inscrita ante hacienda como trabajador independiente y estar al día con pagos tributarios y municipales. Tiene ventajas de la residencia como empresario, pero tiene dificultades extra y normalmente el tiempo de la respuesta por parte migración es más demorado. No hace diferencia si tiene un negocio o vendes su servicio en forma física o virtual, importante es ser solvente y cumplir con deberes legales y administrativos y poder entregar los comprobantes ante migración. En caso de aprobación, se otorga, normalmente, por 1 año y renovable cada año. Después de 3 años tener DIMEX de esta residencia se puede obtener la residencia permanente libre de condición. Con esta residencia la persona solicitante puede cubrir a su esposa e hijos menores de edad y mayores de edad hasta 25 años. También, después de aprobación a sus padres biológicos.

  • Categoría especial trabajador por cuenta propia:

Es muy similar a la opción anterior, con diferencia que el proceso es mucho más fácil y menos exigencia, pero incluye menos beneficios.

Ya es claro que la persona que desea solicitar esta categoría debe estar al día con todos pagos y tener el negocio o emprendimiento ¨establecida¨ en el país. Pero, no hay diferencia entre negocio físico o virtual.

Esta categoría se otorga por 1 año, prorrogable por periodos iguales. La persona solicitante ni durante el proceso ni después de aprobación podría cubrir a esposa e hijos. No se convierte a residencia permanente. Pero, la persona solicitante de esta categoría pagará mucho menos tarifa del gobierno al Estado Costarricense en concepto de pagos gubernamentales y al iguale que otras anteriormente mencionados, después de tener el DIMEX aprobada por determinados tiempos puede solicitar la naturalización costarricense.