Pasos fundamentales para solicitar una residencia en Costa Rica:

Primero: análisis de arraigo

Para obtener la residencia en Costa Rica, al igual que todos países del mundo, hay que formar un arraigo con el país.

Qué puede ser como un arraigo?

Cualquier vínculo con el país que sea reconocido por la ley migración 8764 y sus reglamentos puede ser base de una solicitud de residencia. Por ejemplo, una persona puede decir que su hijo/a nacido en Costa Rica es su arraigo, otra persona considera su matrimonio con una persona costarricense como arraigo, otra persona está en costa rica por sus estudios o trabajos voluntarios. Alguien puede considerar su inversión, su contrato laboral o su ingreso económico independiente como un arraigo para pedir un tipo de residencia autorizado en la legislación migratoria de Costa Rica.

Segundo: análisis de la opción legal migratoria según el arraigo

Después de que la persona sepa o construye el arraigo necesario, debe buscar entre las opciones migratorias (categorías migratorias) la que le beneficia mejor o tenga menos desventajas.

Tercero: requisitos

En esta etapa la persona extranjera necesitaría saber los requisitos para obtener la residencia deseada. Todas subcategorías de residencias tienen requisitos iguales. También, tienen los requisitos que son únicos y especifico de esta subcategoría. Hay que distinguirlos, conocerlo, y prepararlo bien hechos en forma y en fondo.

Cuarto: Presentación del expediente

Cada expediente tiene su manera de ser presentada; aun que parece que son mismo, pero en detalle cada expediente tiene sus características únicas que lo hace diferente que otros.

Hay que saber en dónde hay que presentar cada expediente y cada solicitud en el departamento competente y manera que se beneficia mejor a los objetivos de la persona interesada.

Quinto: seguimiento

Es muy importante que el expediente entregado no se deje olvidado. La persona interesada o apoderada debe de vez en cuando, dependiendo de la solicitud y detalles del expediente, dar seguimiento a la solicitud

Sexto: recibir la notificación

Por la ley es un requisito indispensable entregar un medio de notificación en el momento de presentación de la solicitud de residencia. Después de tiempo necesario y después de hacer seguimientos correspondientes, la persona interesada o su apoderada deben recibir una notificación de la decisión de el departamento o entidad competente de la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica.

Séptimo: Documentación

Si la respuesta es aprobación, hay que proceder con el expediente de Documentación, agendar la cita correspondiente, asistir en la cita con documentos completos y finalizar pasos a seguir hasta recibir el documento final llamado DIMEX (Cédula).